Las multas relacionadas con la ITV abarcan cuatro supuestos:
– ITV caducada. La sanción económica por tener un vehículo sin la ITV pasada, se use o se deje en el garaje, es de 200 euros.
– Circular con la ITV desfavorable. Circular con un vehículo con defectos graves acarrea una multa de 200 euros. Además, el titular del vehículo está obligado a arreglarlo y a pasar la revisión en un máximo de dos meses.
– Circular con la ITV negativa. En caso de seguir circulando con defectos muy graves, el conductor se expone a una multa de 500 euros, y el plazo máximo para la segunda revisión es de dos meses.
– No llevar la pegatina. La pegatina de la ITV favorable debe colocarse en el ángulo superior derecho del parabrisas mirando desde el interior del vehículo. Es obligatorio llevarla pegada, y, de no hacerse, la multa oscila entre los 80 y los 100 euros.
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