El Gobierno de España ha aprobado una modificación del Reglamento General de Circulación cuyo objetivo es mejorar la protección de los usuarios vulnerables de la vía, concepto en el que están englobados peatones, ciclistas, motociclistas y conductores de vehículos de movilidad personal. El objetivo de la reforma es adaptar el reglamento al cambio de visión de la movilidad que se ha producido en los últimos veinte años, en los que se ha pasado de un enfoque centrado en la carretera y en el vehículo a otro que lo hace en las personas y los entornos urbanos.

Por ello, por primera vez la norma recoge una definición de “usuario vulnerable de la vía”, aquel que, por razón del medio de desplazamiento que utiliza o por las características físicas del grupo de edad al que pertenece, tiene un mayor riesgo de sufrir lesiones en caso de accidente de tráfico o que éstas sean de mayor gravedad. El Reglamento General de Circulación incluye gracias a la reforma un nuevo Título VI que incluye normas de circulación específicas en zonas urbanas.

El real decreto aprobado por el Consejo de Ministros entrará en vigor el día 1 de octubre de 2026, excepto los artículos referidos al alumbrado obligatorio para VMP y al casco homologado para usuarios de motocicletas que lo harán el 1 de octubre de 2027.