Entre las novedades que aporta este nuevo proyecto de texto legal cabe destacar que las motocicletas de más de treinta años con matriculación ordinaria e ITV en vigor tan solo deberán presentar en la Jefatura Provincial de Tráfico la documentación y una declaración responsable de su propietario, obteniendo así la clasificación como vehículo histórico.

Para los vehículos sin matricular se establece un procedimiento simplificado con respecto al actual. Se deberá obtener un Informe Técnico favorable en un Servicio Técnico de Vehículos Histórico, válido para todo el territorio nacional, pasar una Inspección Técnica en ITV y después acceder a la matriculación como Vehículo Histórico en la Jefatura Provincial de Tráfico.

Por otra parte, si el proyecto no sufre modificaciones durante su tramitación, la periodicidad de las inspecciones pasaría de dos a cuatro años en el caso de las motocicletas y para los ciclomotores históricos, independientemente de su antigüedad, así como las motocicletas fabricadas antes de 1950, se acuerda la exención de la obligatoriedad de inspección ITV periódica.

El objetivo de la DGT es tener el nuevo Real Decreto publicado antes de final de año.


Comentarios

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *