Anesdor, la Asociación Nacional de Empresas del Sector Dos Ruedas, recuerda que el próximo 1 de octubre entra en vigor el Real Decreto 518/2026, que modifica el Reglamento General de Circulación en materia de protección de los usuarios vulnerables de la vía. José María Riaño, secretario general de la entidad, ha valorado así la nueva normativa: «Es una norma que el sector respalda porque contribuye a mejorar la seguridad de los motoristas. Que el Real Decreto los reconozca legalmente como usuarios vulnerables es un primer paso importante, pero su protección tiene que implicar a todos los conductores. En seis de cada diez accidentes de moto, el responsable es el conductor de otro vehículo, por lo que es fundamental reforzar la concienciación social».

«Ese primer paso debe extenderse a las comunidades autónomas y los ayuntamientos, que también tienen competencias y deben empezar por incorporar la moto a la planificación de sus políticas de movilidad y seguridad vial. Además, hay un problema común a todas las administraciones: unas infraestructuras que, en muchos casos, siguen siendo deficientes y provocan o agravan notablemente las consecuencias de los accidentes», ha añadido.

Qué cambia el 1 de octubre para conductores y pasajeros de motocicletas y ciclomotores:

  • Calzado. Será obligatorio el calzado cerrado que cubra todo el pie en todo tipo de vías, incluidas las urbanas.
  • Guantes. Serán obligatorios en vías interurbanas. Anesdor recomienda usar siempre guantes específicos certificados para motoristas.
  • Casco. La única novedad afecta a los ciclomotores, cuyos usuarios deberán llevar un casco homologado Unece R22, y no solo certificado, con un periodo transitorio hasta el 1 de octubre de 2027. No obstante, ante la confusión generada por informaciones inexactas, conviene aclarar que la norma no modifica los requisitos de los cascos para circular en motocicleta, que ya debían contar con esta homologación y que los cascos abiertos (jet) siguen siendo legales, igual que los integrales y los modulares.
  • Chaleco de alta visibilidad. Los profesionales que trabajan en moto, como los repartidores, deberán llevarlo puesto en todo momento. El resto de motoristas deberá llevarlo consigo y ponérselo cuando se baje de la moto y ocupe la calzada o el arcén en una vía interurbana.
  • Intercomunicadores. La norma autoriza expresamente su uso, así como el de sistemas de navegación integrados en el casco.
    Circulación por el arcén

Para Anesdor, permitir que las motos circulen por el arcén durante los atascos es una medida positiva que mejora de forma efectiva la seguridad de los motoristas. No obstante, solo será posible en tramos habilitados y con las siguientes condiciones:

  • Situación del tráfico. Únicamente cuando la circulación esté en situación de congestión.
  • Velocidad y prioridad. A un máximo de 30 km/h y cediendo siempre el paso a los vehículos de emergencia.