Asimismo se podrá consultar el Censo Electoral Inicial de manera telemática, dentro del citado plazo, desde la sección «proceso electoral» de la página web de la Real Federación Española de Automovilismo. Este acceso telemático está restringido, previa identificación con DNI, a quienes estén en posesión de una licencia federativa.
En caso de que al intentarse el acceso telemático por parte de los federados, éste no se produjera, aparecerá en pantalla un mensaje con la dirección de correo electrónico de contacto de la RFEDA (elecciones2020@rfeda.es) a la que los interesados deberán comunicar la incidencia con los datos requeridos, a fin de que por la RFEDA se realicen las comprobaciones necesarias dirigidas a determinar si existe un error material que impida el acceso al censo inicial y, en su caso, se subsanará dicho error para habilitar el acceso telemático al interesado.
Los interesados deberán comprobar que los datos reflejados en el Censo Electoral Inicial son exactos y completos, en caso contrario, deben ponerse en contacto con la RFEDA.
Contra el Censo electoral inicial se podrán presentar reclamaciones ante la Junta Directiva de la Real Federación Española de Automovilismo dentro del plazo de veinte días naturales de publicación del mismo. Tras la resolución de las reclamaciones se publicará, junto con la Convocatoria de Elecciones, el censo provisional en el que quedarán incluidos todos aquellos que reúnan los requisitos previstos en el artículo 5 de la Orden ECD 2764/2015.
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