Las multas de tráfico se pueden pagar, de manera reducida (50% del importe) en un plazo de 20 días naturales desde la notificación, excepto para las multas por no identificar al conductor. Cuando este plazo finalice ya no podrá acogerse al descuento y el procedimiento sancionador continuará según lo establecido en la Ley de Tráfico y Seguridad vial.

Los medios de pago son:

– Internet. A través de la sede electrónica de la DGT. Es necesario comunicar el número de expediente y la fecha de la multa.

– Tráfico. En oficinas de Tráfico, solo con tarjeta bancaria.

– 060. Por teléfono, con tarjeta bancaria.

– Bancos. En Caixabank, con tarjeta o en efectivo.

– Correos. En oficinas de Correos, con tarjeta o en efectivo, abonando una tasa adicional de 2,25€ más el 1,5% del importe de la multa.

– En carretera. Si un agente de la Guardia Civil de Tráfico le para en carretera para notificarle una sanción, puede pagarla con tarjeta bancaria en ese momento y se le aplicará el descuento correspondiente.

Cualquier persona puede realizar el pago de una multa de tráfico (si es con tarjeta, debe ser su titular). Si es una persona distinta a la que ha cometido la
infracción, deberá estar autorizada e identificarse.


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