Hoy jueves, 1 de octubre, entran en vigor las modificaciones del Reglamento General de Circulación aprobadas mediante el Real Decreto 518/2026, de 24 de junio. Esta reforma tiene como objetivo prioritario incrementar la seguridad de los usuarios vulnerables de la vía, adaptando la normativa a la transformación que ha experimentado la movilidad en estos últimos veinte años, en los que el enfoque centrado en la carretera y en el vehículo se ha desplazado hacia las personas y sus formas de desplazarse.

Por primera vez, el Reglamento recoge la definición formal de “usuario vulnerable de la vía”, referida tanto al medio de desplazamiento como a las características físicas y de edad de quienes tienen mayor riesgo de sufrir lesiones en un siniestro de tráfico o que sean de más gravedad. En esta categoría se incluyen los peatones (con especial atención a los menores y a las personas mayores o con discapacidad), pero también ciclistas, usuarios de vehículos de movilidad personal (VMP) y conductores y pasajeros de motocicletas y ciclomotores.

El otro eje fundamental de la reforma es la movilidad segura y sostenible en el ámbito urbano, que se materializa con la incorporación al Reglamento del título VI, dedicado a las normas de circulación específicas en zonas urbanas.