El acuerdo, que todavía debe ser aprobado por los colegisladores, pauta unos objetivos nacionales mínimos obligatorios para el despliegue de combustibles alternativos y contribuir al objetivo de la UE de reducir las emisiones netas de gases de efecto invernadero en un 55 % para el año 2030. El principal objetivo es impulsar el despliegue de estaciones de recarga o reabastecimiento de combustible alternativo para automóviles, camiones e incluso aviones estacionados.
Asimismo, se establece la obligación de tener una estación de carga cada 120 kilómetros para camiones y autobuses. No obstante, estas estaciones deberán estar instaladas en la mitad de las principales carreteras de la UE para 2028 y ofrecer potencias de 1.400 kW a 2.800 kW, en función de la ruta.
El sistema se complementará con dos estaciones de carga para camiones en áreas seguras de estacionamiento a partir de 2028, mientras que las excepciones a este despliegue se aplicarán a las regiones ultraperiféricas, las islas y las carreteras con tráfico leve.
Del mismo modo, los negociadores acordaron desplegar estaciones de repostaje de hidrógeno a lo largo de la red básica de la Red Transeuropea de Transporte al menos cada 200 kms para el próximo 2031.
Además, se ha concertado que los operadores de estaciones de recarga eléctrica y de repostaje de hidrógeno deban garantizar la plena transparencia de los precios, ofrecer un método de pago común «ad hoc», como la tarjeta de débito o crédito. Por otro lado, se debe poner a su disposición datos pertinentes, como los relativos a la ubicación, por medios electrónicos, garantizando así que el cliente esté plenamente informado. Esta medida obligará a España a ponerse las pilas en la creación de una infraestructura que sea fácil de utilizar en todo el mercado único.
Fuente: Faconauto
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